República Turca del Norte de Chipre
Introducción
La República Turca del Norte de Chipre (RTNC)
enfrentada con la Chipre Griega del Sur, tiene una población de alrededor de 230.000
habitantes y un área de 3.355 km², controla el tercio norte de la isla de Chipre en el Mediterráneo oriental. Su capital es Nicosia, capitalidad que
comparte con la República de Chipre. El origen de esta división se remonta al 1974, cuando un golpe de estado trató de integrar
Chipre con el resto de Grecia, una aspiración histórica de la mayoría de la
población (que es griega). El gobierno turco no lo toleró, y con objeto de
‘proteger’ a la minoría turca (algo más del 15%) invadió la isla. Finalmente
consiguió controlar un 37% del territorio, del cual se expulsó a unos 150.000
chipriotas griegos.
¿Cumple con los
elementos necesarios para poder ser considerado un Estado conforme el Derecho
internacional?
Los requisitos conforme al Derecho internacional para
considerar un estado son:
·
Una población:
vemos que la RTNC tiene unos 230.000 habitantes que residen de forma permanente
e inmóvil sobre un determinado territorio y como veremos están bajo la influencia
de lo determinado por el ordenamiento jurídico del “estado”.
·
Un
Territorio: entendido como el lugar sobre el cual el
Estado ejerce su soberanía y está constituido no sólo por el suelo sino por el
subsuelo, las áreas marinas y submarinas y el espacio aéreo, etc. Por tanto
podemos afirmar que la República Turca del Norte si posee un territorio (3.355 km² ), perfectamente delimitado además con
una frontera fuertemente militarizada (llamada línea verde) que separa la isla
en dos, la turca al norte y la griega al sur.
·
Organización política: como instrumento de la
soberanía o de poder, regula y relaciona estos dos elementos anteriores, con la
ayuda del derecho. La RTNC esta dotada de varias organizaciones políticas propias que
ejercen poder sobre la población del territorio, así como un Jefe de Estado,
presidente elegido por elección directa entre varios partidos políticos
(actualmente Mehmet Ali Tala), una asamblea legislativa unicameral (50 miembros
elegidos de forma directa por sufragio universal) y un consejo de ministros que
conforman el poder ejecutivo (nombrados por el presidente). Finalmente también
encontramos un sistema judicial propio, con varias cámaras judiciales (la
Suprema Corte de Justicia como corte más alta).
·
Soberanía: La RTNC tiene soberanía
interior entendida como la característica del poder estatal que
implica que dicho poder sea supremo en el orden interno. En cuanto a la
soberanía exterior basada en una autentica libertad de decisión e independencia
en el orden externo, podemos decir que en principio si existe esa voluntad de
la República Turca del Norte para ejercer sus actividades en las relaciones
internacionales, pero como veremos el problema está en el reconocimiento de los
otros estados, ya que si estos no lo reconocen esa soberanía externa y esas
relaciones no sirven para nada ya que entre otras cosas no se pueden llevar a
cabo (es el caso de la RTNC).
Vistos los cuatro puntos anteriores podemos afirmar
que en principio sí concurren los elementos necesarios para considerar la RTNC
como estado.
¿Es reconocido
internacionalmente por otros Estados?
Turquía es el
único país que la reconoce explícitamente, junto con la Organización de la Conferencia Islámica (organismo internacional) que reconoce a la República
Turca del Norte de Chipre como un estado constituyente bajo el nombre de
"Estado Turco Chipriota". Todos los demás gobiernos y las Naciones Unidas reconocen la soberanía de la República de Chipre sobre toda
la isla, es decir la República Turca del Norte de Chipre, no es reconocida
internacionalmente. Es un estado "de facto" (sin reconocimiento, por la fuerza de los hechos,
oponiéndose al estado de iuris o de
derecho).
Por tanto como conclusión final podemos decir que aunque la RTNC
cumpla los elementos necesarios para ser considerado un estado, en la práctica
se necesita el reconocimiento internacional de otros estados para ser puramente
un estado “de derecho” y poder ejercer actividades y relaciones exteriores en
el ámbito internacional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario